
El Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona estima las medidas cautelares solicitadas por UNISON y obliga a SGAE a permitir a autores y editores la retirada de repertorio y obra de sus catálogos sin limitaciones
Barcelona, a 23 de diciembre de 2019 – El Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona estima las medidas cautelares solicitadas por UNISON y obliga a SGAE a permitir a los autores y editores la retirada de repertorio y obra de sus catálogos sin limitaciones.
Mediante las medidas cautelares que ahora se resuelven, UNISON solicitaba que se aplicasen con carácter urgente las consecuencias de la resolución de la CNMC, compeliendo a SGAE a permitir a los titulares la retirada de derechos de la entidad conforme a la previa resolución de la CNMC, la Directiva 2014/26/ UE y las recientes reformas de la Ley de Propiedad Intelectual.
Mediante su resolución de 20 de diciembre de 2019, el Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona estima las medidas urgentes solicitadas por UNISON, entendiendo que, a pesar de la resolución de la CNMC, los actos de abuso de posición de dominio y competencia desleal por parte de SGAE se siguen produciendo en el mercado.
Trasladado a la práctica, la resolución supone que, en tanto no se resuelva el procedimiento principal, SGAE debe permitir a sus clientes la retirada de derechos sin limitaciones innecesarias e injustificadas, incluso a retirar repertorio y obras de forma segmentada o individualizada. En consonancia con lo anterior, la resolución obliga a SGAE a dejar sin efectos las correspondientes cláusulas de su modelo de contrato de gestión.
Jordi Puy, portavoz de UNISON, se muestra “satisfecho porque la resolución llega en el momento justo, toda vez que los titulares de derechos que hayan solicitado la retirada total o parcial de su repertorio de SGAE lo habían hecho con efectos a 31 de diciembre de 2019” y porque se trata de “un paso más de demostración que el monopolio de la gestión de los derechos musicales ya es historia”.
El procedimiento judicial se inicia a instancias de UNISON, entidad privada de gestión colectiva de derechos musicales, constituida como OGI (Operador de Gestión Independiente) al amparo de la Directiva comunitaria 2014/26/ UE de 26 de febrero del 2014 y su reciente implementación en la Ley de Propiedad Intelectual. Las anteriores normas establecen el fin del monopolio legal de las entidades de gestión tradicionales sin ánimo de lucro, permitiéndose la gestión de derechos por parte de entidades mercantiles.
En el año 2016 UNISON formuló denuncia ante la Comisión Nacional de Mercado y de la Competencia (CNMC) contra SGAE, poniendo de manifiesto una serie de hechos y circunstancias que podrían impedir o dificultar la entrada y el desarrollo de negocio de UNISON en este mercado. Dicho procedimiento finalizó mediante resolución de la CNMC de 30 de mayo de 2019, por la que se declaraba que SGAE había actuado con abuso de posición de dominio en el mercado de gestión colectiva de derechos musicales y se le imponía una sanción de 2.949.660 euros.