La CNMC vuelve a sancionar a SGAE por falsear la competencia
Tras las denuncias de UNISON, la autoridad de la competencia española impone a SGAE una nueva sanción de 6,4 millones de euros y la prohibición de contratar con la Administración.
¿Por qué sanciona la CNMC a SGAE?
UNISON denunció a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ante la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) por llevar a cabo actos de falseamiento de la competencia, en la modalidad denominada “abuso de posición de dominio”. En este caso, por utilizar tarifas “planas” o por disponibilidad en los mercados de televisión y radio, así como por licenciar su repertorio con carácter pretendidamente universal. A raíz de esta nueva denuncia, en enero de 2022 la CNMC decidió abrir un un expediente sancionador (S/0641/18) contra SGAE, que ahora se resuelve mediante resolución sancionadora de 19 de junio de 2024.
Como señala la CNMC en su resolución, este tipo de tarifas constituyen una importante barrera de entrada en el mercado. Si una entidad con gran poder de mercado como SGAE utiliza tarifas “planas” o por disponibilidad -sin ofrecer tarifas alternativas viables basadas en el uso efectivo- los usuarios (en este caso, radios y televisiones) ven drásticamente limitados los incentivos para la contratar con competidores alternativos como UNISON.
La CNMC también reprocha a SGAE el uso de cláusulas de universalidad o indemnidad, a través de las cuales SGAE garantizaba a los usuarios que gestionaba todas las obras musicales existentes. Según la CNMC, la inclusión de declaraciones de presunción de universalidad del repertorio de la SGAE y de indemnidad tienen la capacidad de limitar los incentivos de los usuarios a contratar con otros competidores como UNISON.
¿Otra vez?
Sí, otra vez. Recordemos que previamente la CNMC había abierto un primer expediente sancionador (S/DC/0590/16), que actualmente está siendo revisado por el Tribunal Supremo. Paralelamente, UNISON había reclamado los daños y perjuicios derivados de esta primera oleada de actos anticompetitivos de SGAE y la Audiencia Provincial de Barcelona – mediante sentencia de 16 de febrero de 2024 – confirmó la obligación de SGAE de indemnizar a UNISON por los daños causados.
¿Qué consecuencias tiene la resolución para SGAE y para el mercado?
En primer lugar, la resolución sancionadora impone a SGAE una multa de 6,4 millones de euros.
Además, la CNMC insta a SGAE a cesar inmediatamente en las conductas infractoras. Por lo tanto, SGAE deberá dejar de utilizar sus tarifas anticompetitivas inmediatamente. Según las tesis de la CNMC, las actuaciones de SGAE tienen lo que se conoce como “efecto exclusionario”, lo que significa que estas conductas tienen la capacidad de excluir del mercado a competidores actuales o potenciales de la SGAE y reforzar su posición dominante. La resolución de la CNMC debe contribuir a poner fin a esta anormal situación.
Adicionalmente, la CNMC acuerda también aplicar a SGAE la prohibición de contratar con la Administración Pública. La duración y alcance de la prohibición será determinada por un órgano administrativo, pero la medida puede significar que SGAE no pueda contratar con, por ejemplo, la administración central, autonómica o local o con organismos de radiodifusión públicos.
¿Y ahora qué?
UNISON va a seguir trabajando para contribuir a que se alcance una situación de normalidad competitiva en el mercado de la gestión colectiva de derechos, lo que pasará por asegurar la ejecución y cumplimiento de todas las resoluciones dictadas por los juzgados y las autoridades de la competencia, así como por la reclamación de los daños y perjuicios causados por SGAE.